
La fiscal Verónica Ferrero indicó que por el tipo de delito «no pueden pedir, no transcurrió ningún término, la libertad condicional».
Luego de que se conociera que la decisión de la Justicia de La Pampa de condenar a prison perpetua a las autoras del crimen del niño Lucio Dupuy, asesinado in noviembre de 2021 por su madre Magdalena Espósito Valenti (26) and su pareja Abigail Páez (28 ), la fiscalidad Verónica Ferrero afirmó este viernes que «no tienen posibilidad de ensuciar en libertad».
«Lo que tienen que saber es que esta prisión perpetua que acaban de disponer de los jueces, conforme a lo que establece nuestra ley aplicable, es una pena de por vida. No tienen posibilidad de salir en libertad», aseguró la fiscal en declaraciones a la prensa.
Además, aclaró que no tienen la posibilidad de solicitar la libertad condicional porque «el artículo 14 del Código Penal establece que las personas que son condenadas por este tipo de litos no pueden pedir, trascurridos los 35 años ni transcurrido ningún término, la libertad condicional».
«Hoy por hoy, nuestro Código Penal hace una distinción. Hay que son delitos muy graves, por ejemplo el que cometieron las imputadas, por los cuales no se otorga la libertad condicional. En los demás casos son 35 años que deben cumplir con todos los reglamentos carcelarios, tener buena conducta, y sí pueden solicitar la libertad condicional”, puntualizó.
Consultada acerca de si van a Piden absolución del delito de abuso sexual a la madre de LucioFerrero detalló: “Por supuesto que estamos analizándolo y desde la fiscalía va a haber una impugnación en ese sentido».
«No porque vaya a modificar la penaeso quiero que quede claro. No es que el vaya correspondiente tenga una pena más grave, porque ya le pusieron la pena más grave que prevee el Código Penal argentino, sino que por una cuestión de que los hechos ocurrieron de esa manera y queremos que esté esté establecido en la sentencia todos los hechos por los cuales fueron imputadas ambas acusadas», subrayó .
La fiscal también explica lo qu’implica el hecho de que Espósito Valenti haya sido condenada a prisión perpetua con más «accessorias del artículo 12» del Código Penal: «Es una inhabilitación especial respecto de la administración de bienes. Toda persona condenada a más de tres prisión años la piedra».
En cuanto al rechazo del Tribunal a la posibilidad de que el crimen haya sido motivado por «odio de género», Verónica Ferrero indicó: «No había sido solicitado desde un principio por la fiscalía porque hicimos dos pericias psicológicas y dos pericias psiquiátricas a ambas acusadas y esas pericias no daban cuenta de que había existido odio de género. Esto es que habían dado muerte a Lucio Dupuy por una cuestión de su género. Por esa razón, desde un comienzo no lo habíamos sostenido».
«La quarella sí lo sostuvo porque ellos cuentan con un profesional que ellos contrataron que les dio cuenta de que esta posibilidad existía. Es por eso que la quarella lo sostiene y seguramente será materia de impugnación», agregó.
Por último, indicó que Magdalena Espósito Valenti y Abigail Páez «por ahora continuarán detenidas donde están y eventualmente será decisión del Sistema Penitenciario Federal disponer dónde se van a quedar alojas y en qué condiciones: si van a estar separadas o juntas».
«No es una decisión que tome la taxía o que tomen los jueces. Una vez que que de firme la sentencia, ellos comienzan a cumplir la pena de prisión y ahí se va a disponer en qué lugar pueden cumplirla», concluyó yó.


